Nota/investigación exclusiva de Vea Noticias La Ordenanza Impositiva 2026 aprobada por parte del Concejo Deliberante de la ciudad de La Falda ha generado un profundo debate sobre los límites de la facultad recaudatoria del Estado municipal y la protección de los derechos básicos de los vecinos. Bajo el número de registro 3803, este extenso documento de 67 páginas establece las reglas del juego fiscal para este año 2026, pero es en su letra chica donde surgen los puntos más controversiales para el ciudadano común. Uno de los pilares más discutidos de esta normativa es el denominado «cepo administrativo» que se desprende del artículo 23, ubicado en la página 5 del texto oficial, el cual establece una restricción contundente para el contribuyente. Según reza el articulado, ninguna oficina municipal podrá dar curso o trámite a actuación alguna si el vecino mantiene obligaciones tributarias vencidas, lo que en la práctica condiciona la atención administrativa y el derecho de petición al estado de cuenta del ciudadano. Esta medida crea un escenario de indefensión donde el contribuyente se ve forzado a una lógica de pago previo antes de poder siquiera entablar un diálogo administrativo con el municipio para gestiones que podrían ser ajenas a lo fiscal. Si bien la norma prevé excepciones para trámites de exención o reclamos sobre la propia causa de la deuda, el espíritu general de la disposición impone un bloqueo que dificulta la gestión de servicios o reclamos cotidianos, generando un círculo vicioso para aquel vecino que, por su situación económica, no puede estar al día. Esta presión sobre el ciudadano se complementa con otro mecanismo administrativo que resulta igualmente preocupante por su impacto en la seguridad jurídica: la interpretación del silencio municipal en los pedidos de exenciones. De acuerdo al artículo 10 de la ordenanza, situado en la página 3, el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de noventa días para resolver cualquier solicitud de beneficio o exención presentada por escrito. Lo alarmante de este punto es que la normativa estipula taxativamente que, si transcurre dicho plazo sin una resolución explícita por parte de las autoridades, el pedido se considerará automáticamente denegado. Este fenómeno invierte la lógica del derecho administrativo moderno, donde la inacción estatal debería favorecer al ciudadano; aquí, por el contrario, la ineficiencia o demora de la burocracia municipal termina castigando al contribuyente, ya que el simple paso del tiempo sin respuesta se traduce en una pérdida del beneficio solicitado sin que medie una explicación fundamentada. Esta estructura de control se refuerza más adelante, en la página 9, con el artículo 38, donde se establece que para ciertos recursos relacionados con las obligaciones tributarias determinadas por la propia administración, el silencio de apenas cinco días también será interpretado como una resolución negativa, cerrando aún más el cerco sobre la capacidad de réplica del vecino. La combinación de estos artículos diseña un sistema donde el ciudadano se encuentra bloqueado para realizar trámites si tiene deuda y, simultáneamente, se ve desprotegido si intenta solicitar una exención para regularizar su situación, ya que el municipio puede simplemente dejar vencer los plazos para confirmar la negativa por omisión. En un contexto donde la transparencia y la eficiencia deberían ser el norte de la gestión pública, la Ordenanza 3803 para el año 2026 parece priorizar mecanismos de presión fiscal que podrían erosionar la relación entre el contribuyente y la institución municipal, dejando al vecino en una posición de clara desventaja frente al aparato estatal. De este modo, la nueva normativa no solo redefine los valores de las tasas y derechos, sino que altera profundamente la dinámica de la administración pública en La Falda, estableciendo un marco donde el cumplimiento de las obligaciones monetarias se convierte en el único salvoconducto para acceder plenamente a los trámites y derechos administrativos que el municipio debe garantizar a todos sus habitantes por igual. Navegación de entradas Córdoba al borde del colapso en el transporte: anunciado para el viernes 22 de mayo Frenan el corte de boletos gratuitos en Córdoba