La Justicia de Córdoba ha emitido un fallo histórico en el caso de una adolescente de 14 años, quien nació después del divorcio entre su madre y su padre legal. Aunque se comprobó que el hombre no es biológicamente su padre, la jueza Gabriel Tavip decidió que continúe siendo hija legal de él, considerando que el vínculo afectivo y social consolidado entre ellos es más importante que cualquier duda sobre la paternidad.

El caso tiene una historia particular. El exesposo y la madre estuvieron casados entre 2004 y 2011, momento en que nació la niña, quien fue inscripta como hija del entonces marido. A pesar de que se separaron, el hombre siguió cumpliendo con su rol de padre legal, pagando la cuota alimentaria y ejerciendo la paternidad durante más de una década. Sin embargo, en 2024 decidió impugnar la filiación y realizar un estudio genético para determinar si era realmente el padre biológico.

Según los resultados del estudio, el hombre no era el padre biológico de la niña. Sin embargo, la jueza Tavip rechazó su planteo por considerar que fue presentado fuera de los plazos legales y que él mismo ya conocía desde 2016 que no era el padre biológico, ya que había participado de un estudio genético que así lo indicaba. La jueza sostuvo que la ocultación de la verdad durante años fue una conducta irresponsable que afectó el derecho a la identidad de la joven.

En su fallo, la jueza Tavip priorizó el vínculo construido entre la adolescente y su padre legal, considerando que la posesión de estado de hija es un hecho consolidado en la vida de la niña. Aunque se deja abierta la posibilidad para la joven de iniciar un proceso para determinar su filiación biológica en el futuro, el fallo prioriza el vínculo afectivo y social que ha construido con su padre legal.

La decisión también cuestionó a ambos adultos por ocultar durante años la verdad biológica a la adolescente, lo que consideró una conducta irresponsable. Se dispuso una instancia con profesionales para que la joven sea informada adecuadamente sobre sus derechos y las opciones disponibles, priorizando su bienestar y el respeto a su identidad.

En conclusión, el fallo de la Justicia de Córdoba es un reconocimiento a la importancia del vínculo afectivo y social entre los miembros de una familia, y un compromiso con el derecho de las personas a conocer y redefinir su identidad.

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