El 16 de diciembre de 2021, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución histórica sobre «El derecho a la alimentación«. Este hecho buscó comprometer de forma pública y moral a todos los países del mundo para que trabajen activamente en asegurar que ninguna persona sufra hambre, reafirmando principios de dignidad humana establecidos hace décadas. La votación internacional arrojó un resultado contundente con un consenso casi absoluto en el planeta: 186 países votaron a favor. Sin embargo, la atención se centró en los únicos dos votos en contra que decidieron oponerse: Estados Unidos e Israel, dos potencias que marcaron su disidencia ante toda la comunidad internacional. La delegación de Estados Unidos justificó formalmente su rechazo argumentando que el texto de la resolución contenía puntos «desequilibrados». Desde su punto de vista legal, el gobierno estadounidense tradicionalmente considera la alimentación no como un derecho exigible judicialmente, sino como una meta u objetivo político que se busca alcanzar con el tiempo. Además, los representantes norteamericanos rechazaron términos específicos dentro del documento como el de la «soberanía alimentaria«. Para el gobierno de ese país, estos conceptos representan un riesgo que podría interferir directamente con las reglas del libre comercio global y con la protección de patentes de sus exportaciones del sector agrícola. Por su parte, la delegación de Israel optó por alinearse tácticamente a la postura de rechazo de los Estados Unidos. Entre sus motivos, se encuentra la negativa histórica a aceptar este tipo de resoluciones, las cuales suelen incluir críticas a las prácticas de bloqueos humanitarios y al corte del flujo alimentario en territorios con conflictos armados. En esa histórica jornada de votación en la ONU, Argentina votó a favor de manera afirmativa para alinearse con la gran mayoría de las naciones. En nuestro país, el derecho a la alimentación posee el máximo nivel legal gracias al Artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, incorporado durante la reforma de 1994. A pesar de esta protección escrita en la ley suprema del país, la vida diaria de los vecinos muestra una contradicción profunda. Argentina produce comida para alimentar a cientos de millones de personas y, aun así, gran parte de su población tiene dificultades diarias para cubrir las necesidades básicas de la canasta alimentaria. Esta paradoja alimentaria adquiere una nueva forma con el actual oficialismo de La Libertad Avanza, liderado por Javier Milei. El gobierno nacional implementa una política social de corte estrictamente liberal, con una visión económica que busca transformar radicalmente la manera en que se venía entregando la ayuda a los sectores más postergados. La estrategia principal de la gestión, llevada adelante mediante el Ministerio de Capital Humano, se basa en la eliminación de intermediarios sociales y políticos. El gobierno sostiene que mandar camiones con fideos y arroz a organizaciones comunitarias abría paso al manejo político de la comida y a desvíos de fondos. Para reemplazar el reparto físico, se ha dado prioridad a las transferencias de dinero individuales y al sistema «Alimentar Comunidad«. Este programa otorga una tarjeta de débito prepaga a los responsables de comedores para comprar de forma directa a mayoristas, exigiendo la presentación obligatoria de facturas digitales de cada compra. Sin embargo, estas severas exigencias administrativas (personería jurídica, balances contables e internet para subir facturas) generan un grave problema burocrático. Los comedores informales ubicados en los asentamientos más vulnerables quedan totalmente desamparados y excluidos del financiamiento oficial debido a que no cuentan con la estructura administrativa requerida. Al bajar esta dura realidad nacional al Valle de Punilla, en localidades como Cosquín, Valle Hermoso, La Falda, Huerta Grande y Villa Giardino, las tensiones sociales crecen. En nuestra región serrana la pobreza muchas veces resulta menos visible y permanece dispersa, escondida detrás de los paisajes turísticos y de familias que sufren privaciones extremas. En este contexto, VEA Noticias habló con Marcos Nahuel, un comunicador y referente social con casi quince años de trabajo en el territorio. Tras realizar un intenso trabajo comunitario en barrios y villas vulnerables de la ciudad de Santa Fe, hoy Marcos despliega toda su experiencia solidaria en las serranías de Punilla. Junto a su equipo de colaboradores, Marcos Nahuel asiste a familias organizando entregas de útiles escolares, ropa, calzado y festejos comunitarios para fechas especiales. En sus recorridas diarias por las zonas periféricas de Punilla, ha visto el surgimiento de pequeños merenderos caseros sostenidos solo por la voluntad y el esfuerzo de los vecinos. Conocedor en profundidad de esta realidad, el referente expresa que «no se puede tapar el sol con las manos«. Parafraseando a Marcos Nahuel, él sostiene firmemente que «el hambre de los vecinos no desaparece por el solo hecho de que se lo intente esconder o no se lo muestre públicamente a los turistas«. En esa misma línea, el referente social advierte que muchos gobiernos locales tienden a evitar que la problemática del hambre sea demasiado visible. Según su mirada, reconocer la cantidad de comedores y familias con hambre contradice los discursos oficiales de supuesto crecimiento económico y bienestar social que se difunden en las gestiones municipales. «El municipio no puede negarse a entregar mercadería o un bolsón de comida argumentando un simple «no hay plata». En Argentina, recibir ayuda alimentaria no es un favor de caridad, sino un derecho fundamental garantizado por las leyes y fallos judiciales. Por ende, si una familia o comedor padece una necesidad urgente, la intendencia local tiene la obligación de responder sin excusas presupuestarias«, argumentó Marcos Nahuel. Y añadió: «De la misma forma, las autoridades locales no pueden ampararse detrás de ordenanzas de emergencia económica o decretos de crisis para suspender la ayuda social. La Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos tienen una jerarquía superior a cualquier norma de un pueblo. Por eso, cualquier resolución municipal que intente recortar la asistencia alimentaria básica es inconstitucional y carece de validez legal. Si un funcionario se niega o dice que no puede brindar auxilio, puede enfrentar denuncias penales por incumplimiento de deberes y abandono de persona. Si la municipalidad no tiene fondos en su depósito, su obligación es tramitar de inmediato el envío de comida ante la Provincia de Córdoba o la Nación. Negarse a dar un bolsón ante el hambre vecinal tiene consecuencias judiciales graves para el gobernante de turno«. Ante esta crisis, es indispensable que lectores sepan que si un merendero o vecino en extrema necesidad recibe una respuesta negativa de su municipalidad, debe actuar de inmediato siguiendo pasos formales y lograr que los municipios entiendan que ante la falta de apoyo, existe un costo político que deben afrontar. La primera gran herramienta para el vecino es presentar una nota escrita por mesa de entradas del municipio. Este documento debe detallar de forma clara las necesidades de comida del merendero o de la familia. Al entregarla, es fundamental exigir que sellen una copia con la fecha y hora de recepción, ya que esa constancia es la prueba física del reclamo. Si el intendente ignora la nota o responde que no hay fondos, los vecinos pueden interponer un Recurso de Amparo individual o colectivo para todo el barrio. Este es un juicio exprés pensado para proteger la salud y la vida cuando el alimento falta de forma urgente. El juez tiene el poder de ordenar que el municipio entregue la comida de inmediato. Para hacer este reclamo de forma gratuita y sin gastar dinero, el vecino cuenta con apoyo legal en la zona. Puede acudir directamente a los defensores oficiales en los Tribunales de Cosquín para que redacten el amparo sin costo. Asimismo, la Defensoría del Pueblo provincial interviene para exigir y presionar que el municipio cumpla con la ley. 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