Fallo histórico en Córdoba condena al Estado y a la Casa del Niño a pagar más de $125 millones por abusos sistemáticos en Unquillo La Justicia de Córdoba dictó un fallo histórico que ordena una reparación económica superior a los 125 millones de pesos por los abusos sexuales sufridos por una joven en la Casa del Niño del Padre Aguilera. La sentencia del Juzgado Civil y Comercial de 49ª Nominación extiende la responsabilidad legal más allá del autor material, involucrando directamente a la institución y al Estado. La resolución determina que la Provincia de Córdoba, la Asociación Civil Casa del Niño y el agresor condenado deben responder de forma solidaria por los daños ocasionados. El monto indemnizatorio fijado incluye el resarcimiento por daño moral, la pérdida de chances laborales y el costo de un tratamiento psicológico prolongado. Los hechos que motivaron la demanda civil ocurrieron entre los años 2007 y 2010 en la residencia de acogida ubicada en la localidad de Unquillo. Durante ese periodo, la víctima tenía entre 10 y 13 años y permanecía institucionalizada por una decisión judicial directa que la ponía bajo tutela pública. El principal responsable penal, Juan Carlos González, se desempeñaba como chofer oficial del establecimiento, lo que le otorgaba acceso cotidiano a los menores alojados. González ya cumple una condena firme de diez años de prisión efectiva, dictada anteriormente por el fuero criminal cordobés. La jueza interviniente rechazó de forma tajante los planteos de prescripción presentados por el Estado Provincial y la institución privada, quienes alegaban el vencimiento de los plazos. El fallo aplicó el régimen especial del Código Civil que protege el derecho a reclamar por agresiones sexuales padecidas durante la infancia. El dictamen judicial subraya que el Estado Provincial posee una responsabilidad reforzada e indelegable sobre la integridad psicofísica de los menores bajo su custodia. La magistrada remarcó que delegar la administración diaria en una ONG no exime a las autoridades públicas de su deber de monitoreo constante. Respecto a la Asociación Civil Casa del Niño, la sentencia concluye que la entidad incumplió gravemente con sus obligaciones de guarda y protección. La investigación acreditó que, dentro de la institución, existió un contexto donde las señales de alerta y las denuncias iniciales fueron desoídas. Diversos testimonios incorporados al expediente describieron un clima de silenciamiento sistemático y malos tratos hacia las niñas que intentaban exponer las agresiones. Se determinó que las autoridades directivas del hogar conocían los rumores de abusos internos y omitieron realizar las denuncias penales obligatorias. La aplicación de la perspectiva de género fue un pilar central en la resolución para analizar la vulnerabilidad múltiple de la sobreviviente en el macro-hogar. El fallo recurrió a estándares de la Convención de Belém do Pará para evaluar las omisiones estatales frente a la violencia contra la niñez. El abogado de la demandante, Juan Pablo Ruiz, destacó que la resolución evita la revictimización al validar el sufrimiento ya probado en sede penal. El enfoque judicial impidió que la mujer tuviera que demostrar nuevamente cada hecho traumático para obtener una reparación civil justa. La cifra de 125 millones de pesos busca compensar la frustración de proyectos personales y el menoscabo emocional heredado del trauma sistemático. No obstante, la sentencia fue apelada de inmediato por el Gobierno de Córdoba, la asociación civil y el propio condenado González. El entramado delictivo en la Casa del Niño afectó a más de 20 víctimas directas, cuyas edades oscilaban entre los 4 y los 16 años al momento de los hechos. Además de González, otros empleados como Lucas Peralta recibieron condenas de prisión efectiva por participar en las agresiones. Tras la intervención del Ministerio de Desarrollo Social en el predio de Unquillo, se procedió a la evacuación y posterior cierre definitivo del complejo residencial. Los 300 menores que allí residían fueron redistribuidos en hogares más pequeños para evitar la lógica de macro-instituciones sin control. Este precedente judicial sienta las bases para exigir auditorías de personal más rigurosas y la implementación de perfiles psicológicos obligatorios en todas las residencias. También promueve la creación de canales de denuncia externos que dependan de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Finalmente, el fallo ratifica que el paso del tiempo no disuelve la responsabilidad institucional frente a violaciones graves de los derechos humanos en la infancia. El caso marca un punto de quiebre en la supervisión de hogares tercerizados y en la protección efectiva de la niñez institucionalizada. Navegación de entradas Escándalo en Valle Hermoso: Era testigo clave, denunció «atrocidades» en Salud Animal y la despidieron tras declarar Crisis Institucional en La Falda: Renuncia en Masa de la Comisión del Barrio Centro